Casos de Pensión “Alimenticia”

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Pensión alimentaria:
El padre y la madre ambos tienen la obligación natural, moral y legal de alimentar a sus hijos. El concepto alimentos incluye todo lo que es necesario para la subsistencia: alimento, vivienda, ropa, atención médica y educación.

En un caso sobre fijación de pensión alimentaria, los honorarios de abogado se consideran parte de los alimentos.
En estas Investigaciones la Intervención de un Detective Privado consistiría en:
1- En el caso que el alimentante proveyera información falsa al tribunal con la intención que la pensión fuera la menor posible.
2- Que el alimentante alegue una incapacidad física que le prohíbe trabajar y esta información no sea correcta.
3- Que la alimentista resida con otra persona y no lo haya informado.
4- Otras situaciones que afecten la viabilidad de recibir o aportar, etc.

En muchos casos, el investigador puede proveer información que ayude a tanto el alimentante como el alimentado a resolver algún conflicto. Llame hoy para una orientación y consulta al 787-458-0003.

About the Author:

J. Negrón es el director de la agencia debidamente acreditada en Puerto Rico y conocida como "JN Investigations". Con una extensa carrera legal en asuntos policiales, legales e investigativos sus opiniones y recomendaciones llegan respaldadas con décadas de experiencia en la materia.

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